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10.9.05

El Islam en el marco jurídico español


España ha pasado de ser un país de emigrantes para convertirse en uno de los objetivos primordiales de ciudadanos de otros países, sobre todo de los países del Este de Europa, Latinoamérica y África, en especial Marruecos.

En cuanto a musulmanes ser refiere, es claro que el foco de atención se centra precisamente en los inmigrantes marroquíes, que por motivos de cercanía, políticos e incluso culturales, aunque sea en tiempos remotos, eligen nuestro país como salida a una vida marcada por la miseria y la “incapacidad” del Reino de Marruecos de proporcionar unas adecuadas condiciones de vida a sus súbditos.

Al igual que los turcos en Alemania, los marroquíes que llegan a España, lo hacen con sus costumbres a cuestas, como es lógico. Sin embargo, tanto unos como otros estábamos acostumbrados a convivir de forma tolerada sin prestarnos mucha atención.
Nuestra primera legislación coincide con la inquietud manifestada por la UE a mediados de los 80, de implementar una política común para toda la Unión en lo que concierne a la inmigración.

Al margen de las sucesivas leyes de extranjería de los gobiernos españoles que se centraban en una regulación del flujo de inmigrantes, la seguridad en las fronteras y la incorporación de este colectivo a la sociedad española, en el caso concreto que nos ocupa del Islam y su desarrollo, no es hasta principios de los 90 cuando se sientan las bases para regular el culto islámico en el marco legal español.

En 1992 se firma el Acuerdo de Cooperación del Estado Español y la Comisión Islámica de España, donde se reconoce a los musulmanes como comunidad religiosa en nuestro país.

Para ello, fue necesaria que todas las asociaciones que se habían constituido de forma más o menos espontánea se unieran bajo dicha Comisión, que adquiere a partir de este momento, la responsabilidad de erigirse como controladora del proceso de institucionalización del culto islámico en nuestra sociedad.

La Comisión tiene el importante papel de dar su conformidad en la acreditación de imanes, así como de apoyar a las diferentes comunidades en cuanto a la selección de textos religiosos que se han de impartir en las escuelas y mezquitas, incluso, interviene en la acreditación de los productos alimenticios que se comercializan en España, con el carácter “halal”.

La Comisión y las asociaciones que la forman son responsables ante el Estado Español de la aplicación práctica de los derechos adquiridos en este Acuerdo, que dicho sea de paso, es bastante ambicioso y permite un alto grado de libertad en la práctica de su religión a los inmigrantes musulmanes en España en todos los ámbitos.

-Por lo pronto, mezquitas y lugares de culto que estén previamente reconocidos y registrados son inviolables, además de disfrutar de un régimen fiscal favorable.

-Se reconoce el derecho de disponer de lugares reservados en los cementerios municipales, que respeten todo el ritual islámico de enterramiento, así como de disponer de sus propios cementerios.

-En lo que respecta al matrimonio, aquél contraído bajo la ley islámica tiene también reconocimiento dentro de nuestro Código Civil.

-También se reconoce el derecho de los musulmanes de cumplir con sus obligaciones religiosas tanto en su lugar de trabajo, en el Ejército, en los centros penitenciarios y en el ámbito educativo, en todos los niveles, incluido el universitario.

-El Estado español tiene la obligación de garantizar que los alumnos de cualquier edad reciban enseñanza religiosa islámica tanto en centros públicos como privados concertados.
También su alimentación y horario de comida debe contemplarse en todos estos centros.

-En el ámbito laboral, los musulmanes que viven en España pueden sustituir las festividades establecidas en el Estatuto de los Trabajadores por diez días que coincidan con fiestas propias del Islam, previamente señalados en el Acuerdo del 92.

-Los trabajadores musulmanes tienen derecho a interrumpir su trabajo los viernes de cada semana durante tres horas para cumplir con sus obligaciones religiosas y terminar una hora antes su jornada laboral durante el Ramadán.

-El papel de los imanes es fundamental, ya que disfrutan del derecho de secreto profesional, de manera que no se pueden ver obligados a declarar hechos que les hayan sido revelados en el ejercicio de sus funciones, tanto en el culto propiamente dicho, como en su labor de asistencia religiosa.

Estas pinceladas son suficientes para concluir que las autoridades españolas han brindado la oportunidad a los inmigrantes musulmanes para que se sientan como en casa, en la medida de sus posibilidades, en algo tan delicado como es la libertad para desarrollar su vida religiosa.

Blanco sobre negro

Globalización, choque cultural, miseria, desarraigo, modelo europeo en retroceso…son muchos los argumentos que se esgrimen para tratar de buscar una explicación hacia esta guerra encubierta en forma de ataques esporádicos que sufre Occidente desde hace cinco años.

Si bien es cierto que algunas de estas premisas pudieran contemplarse una vez que se estudien con detenimiento, no es menos cierto que existen ejemplos como los expuestos a lo largo de estas líneas que permiten asegurar que esta ola de violencia responde a una sinrazón, dados los esfuerzos de Occidente por integrar a ciudadanos de otros países en su estructura social, política y cultural.

Aunque siempre se pueden hacer mejor las cosas y aceptando que en ocasiones los inmigrantes tienen razones de peso para quejarse y para reivindicar su dignidad, en el caso que nos ocupa del respeto a la cultura islámica, no es de recibo el constante acoso que padecemos por parte de unas hordas fundamentalistas, que en nombre de Alá, cometen todo tipo de actos violentos ante el miedo de Occidente por las consecuencias aún mayores que esto pueda traer. Somos muchos los que pensamos que esta manera de actuar no cuenta con el respaldo de Alá.

Sonroja escuchar las intenciones del Ministro de Asuntos Exteriores español, cuando propone un recorte de libertad de expresión en la prensa. Sus gestiones se reducen a la intención de conceder becas Erasmus dentro del marco de la Alianza de Civilizaciones.

Los dos ejemplos traídos a colación en esta oportunidad demuestran que cada uno en su realidad y su diferencia han tratado de proporcionar herramientas a las comunidades musulmanas de sus países para integrarse con sus valores y creencias.

En el caso de Alemania, quizá por la necesidad de mostrar otra faceta ante el mundo después del horror nazi, pero el caso es que su marcada costumbre asociacionista ha dado buenos resultados, en líneas generales. Son los mismos turcos, los que en los años 80 decidieron virar el timón de sus asociaciones hacia su plena integración en Alemania, más que continuar siendo un satélite de Turquía en el país centroeuropeo.
El golpe de Estado sufrido en Turquía por aquél entonces fue el punto de inflexión, una circunstancia que supieron aprovechar muy bien los inmigrantes musulmanes en Alemania.

Estamos a tiempo

En nuestro caso, es claro que los sucesivos gobiernos españoles han tratado de ofrecer unas condiciones adecuadas para la completa integración de los musulmanes que vienen sobre todo de Marruecos, aunque la legislación se aplicable a todos lo musulmanes en general.

Tan solo echar un vistazo al Acuerdo firmado por la Comisión Islámica y España en 1992, da la impresión del absoluto respeto que se ha tenido con la cultura islámica.

Los musulmanes en España gozan de unos privilegios que no gozan los católicos, fe mayoritaria en nuestro país.
A nadie se le ocurre en su trabajo pedir permiso para ir a Misa en horas de oficina, pedir una reducción de horario para asistir a una Procesión, o cambiar el menú un Viernes Santo o durante toda la Cuaresma si éste no ofrece otra cosa que carne.
Está de más recordar la lucha de los padres católicos para que sus hijos sigan manteniendo los derechos que han tenido siempre, como comunidad de fe mayoritaria en España, y que ahora tienen que pelear con uñas y dientes, derechos que los niños musulmanes tienen también reconocidos y que el gobierno sí está dispuesto a llevarlos a cabo. Ellos es del todo correcto, pero no es de recibo la práctica del actual Ejecutivo de la “ley del embudo”.

Esta situación tampoco es factible para los cristianos que viven en los países musulmanes.
Es clara la situación de desventaja de los cristianos frente a los musulmanes en cualquier caso.

Al margen de esta situación de desigualdad que raya en la demagogia, un punto excelente del Acuerdo firmado hace 14 años, es el de tener detectados a los máximos responsables de encauzar y dirigir a la comunidad musulmana en España.
La Comisión Islámica y las asociaciones que la componen son los puntos de encuentro en los que el Estado debe apoyarse para ahondar en la plena integración de miles de jóvenes susceptibles de ser captados por fundamentalistas sin escrúpulos que encuentran en estos ciudadanos los vehículos adecuados a su sinrazón.

El actual gobierno de Zapatero llegó al poder después del mayor atentado ocurrido en la Historia de España. El mismo se comprometió a buscar soluciones.

Vaya por delante que la investigación de los atentados del 11M deja bastante que desear. Al margen de esto, tiene en su mano un Acuerdo que debería estudiar de nuevo, al igual que han hecho los alemanes, para adaptar la legislación española a los acontecimientos que están ocurriendo y con más razón, al estar nuestro país, en el punto de mira de los ataques, como muy bien sabemos.

Los alemanes no han esperado para revisar sus leyes y adaptarlas a los tiempos que corren. Así debería hacer ZP, en vez de enredarse en otros proyectos que no eran ni mucho menos, prioritarios ni estaban en el sentir de la inmensa mayoría de los españoles y que ahora nos han abocado a una situación de inestabilidad política de graves consecuencias. Tampoco es de recibo que siga haciendo declaraciones como las de hace un mes en medios internacionales.

Es su obligación detectar aquellas asociaciones que han nacido al amparo de la ley escondidas bajo el manto del buen hacer de otras avocaciones que no han dado problemas.

La Administración ZP cuenta además con la ventaja de tener detectadas a las personas que pueden ayudar a la plena integración de los musulmanes en España. Tiene en su mano sentarse a determinar con los responsables de la Comisión y demás asociaciones hasta donde tienen capacidad buscar soluciones a tiempo, puesto que son ellos los que tiene la responsabilidad para nombrar imanes, para aprobar textos que deberán ser leídos en las mezquitas e impartidos en los colegios, por ejemplo, orientándolos en la puesta en marcha de otras actividades – deportivas, por ejemplo- como ha ocurrido en Alemania.

Ana Ortiz es Analista Adjunta en el área de Inmigración y Seguridad Interior.