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27.8.05

Derechos de los inmigrantes musulmanes


LOS CASOS DE ALEMANIA Y ESPAÑA


Un mes y pico después de los graves acontecimientos acaecidos con motivo de la publicación de las caricaturas de Mahoma en Dinamarca, seguimos escribiendo ríos de tinta, analizando y tratando de buscar alguna solución al conflicto desencadenado desde Oriente hacia Occidente, situación que se viene repitiendo a partir de los atentados del 11 de septiembre en Nueva York.

La inmigración musulmana no ha dado grandes problemas en los países en los que viven millones de musulmanes hasta ahora. Groso modo, se han ido integrando con sus costumbres en las sociedades de acogida. Han construido sus mezquitas, se han constituido en asociaciones de diferente índole para defender sus derechos, han llegado a acuerdos con los gobiernos de acogida, acuerdos bastante buenos para estos ciudadanos, como puede comprobarse en el caso de España y que no solo no dificulta su actividad en nuestro país, sino que han obtenido derechos que no tienen los cristianos en los países musulmanes.

Es claro que sin existir un motivo aparente a este despropósito que venimos padeciendo los occidentales, son los fundamentalistas de Oriente los que vienen empujando a sus gentes repartidas por todo el mundo para acabar con la civilización Occidental, aprovechando la juventud de la mayoría de ellos, que no tienen todavía criterio para apreciar las bondades de nuestro sistema, que aún con todos sus defectos, es el menos malo y muchas veces, el único que conocen y contra el que luchan, aconsejados por líderes decididos a que no disfruten del Estado del Bienestar que ellos niegan en sus propios países y que empujan a muchos de sus ciudadanos fuera de sus fronteras.

Se exponen a continuación dos ejemplos, Alemania y España, con el fin de señalar que es precisamente a través de las asociaciones y acuerdos adquiridos con los gobiernos, por donde sería deseable establecer un modelo de convivencia, en el que musulmanes y occidentales seamos capaces de convivir en paz con el respeto como única bandera.

El caso de Alemania

A menudo nos quejamos de que el problema de la integración de ciudadanos musulmanes en nuestro país es un problema exclusivamente nuestro, por la larga tradición de inmigración marroquí que recibimos todos los años legal o ilegalmente.

Sin embargo, hay otros países, como Alemania, en el que también se han visto abocados a buscar soluciones de integración de unos inmigrantes musulmanes, en su caso, predominantemente turcos, que buscan una vida mejor en este país centroeuropeo, especialmente desde el final de la Segunda Guerra Mundial, cuando Alemania precisaba toda la mano de obra posible para reconstruir un país que además de ser el gran perdedor de la contienda, había quedado dividido en dos por un vergonzante muro derribado hace 15 años, y diezmado, sobre todo, en lo que a población masculina se refiere.

Este es el país que se encuentra la comunidad turca a mediados del siglo XX. Desde el final de la Segunda Guerra Mundial, son los mismos turcos los que deciden integrarse en el país de acogida mediante asociaciones, con el fin de reivindicar su derecho a ser considerados ciudadanos tan de pleno derecho como los mismos alemanes.

Los turcos contaban con un excelente caldo de cultivo para sus reivindicaciones, gracias a que la Ley Fundamental de 1949 expresaba la necesidad de proteger los derechos de las minorías en Alemania. La experiencia del nacionalsocialismo había sido un claro escarmiento para señalar el camino y no volver a caer en los mismos errores.

Esta Ley Fundamental garantizaba la libertad de credo y conciencia, además de permitir su práctica religiosa sin problemas. Esta libertad queda todavía más expresa en la Ley de Asociaciones de 1964, que privilegiaba estas asociaciones religiosas protegiéndolas de la prohibición que se aplicaba a otras asociaciones cuando sus fines atentaran contra el orden constitucional.

Gracias a esta regulación, las mezquitas han desempeñado en Alemania un papel fundamental, no solo en el ámbito religioso (son más de 2500 las mezquitas que existen hoy en Alemania), sino en el papel de convertirse en el núcleo y árbitro en la oferta de otros servicios, que van desde cursos de Corán, celebraciones religiosas, hasta actividades deportivas y de ocio que atraen a muchos jóvenes.

De esta forma, las mezquitas cumplen el doble servicio de integración religiosa y cultural de los musulmanes en Alemania de forma positiva y sana.

Pero todavía hay más. Estas organizaciones no se constituyen por libre, sino que encauzan su actividad bajo el paraguas de tres organizaciones de bastante peso en la Alemania musulmana: La Unión Turco- Islámica, La Comunidad Islámica Milli Görus y la Unión de Centros de Cultura Turcos.

Aunque de corte diferente, ya que algunas están adscritas a partidos políticos, y unas son más laicas que otras, lo cierto es que la finalidad de todas ellas es la de conservar la religión y tradiciones musulmanas- sobre todo turcas- a la par que limitan la influencia de organizaciones extremistas, tratando de difundir un entendimiento laicista del Islam. En algunos casos, incluso los imanes son nombrados por el Gobierno turco, como medida de garantía legal y moral de estos imanes.

El 11 de septiembre, punto de inflexión

A pesar de que Alemania tiene una fuerte tradición asociativa en este ámbito, y que hay una buena relación entre los responsables de estas asociaciones y los sucesivos gobiernos alemanes, es cierto que en los últimos años se han detectado algunos focos de extremismo en asociaciones creadas al amparo de la buena situación y armonía que vienen desempeñando las asociaciones tradicionales.

El 11 de septiembre es el punto de referencia para las autoridades alemanas, para comenzar a estudiar alguna estrategia que permita controlar la situación en caso de que Alemania se vea ante un peligro como el ocurrido en Estados Unidos.

Se empieza por retomar la legislación penal. Los partidos políticos acuerdan que la ley no es suficientemente adecuada para proceder contra asociaciones consideradas criminales o instigadoras de actos violentos, de modo es que en 2001 se suprime el “privilegio de la religión” recogido en la mencionada ley de Asociaciones, como primera medida cautelar, ante la posibilidad de que en determinadas mezquitas se esté propagando un mensaje nada pacífico como venía siendo hasta los atentados de Nueva York.

De esta forma, las asociaciones religiosas están sujetas a la misma vara de medir que el resto de asociaciones, perdiendo su invulnerabilidad específica que había nacido como consecuencia de los hechos nefastos del nacionalsocialismo, al que se ha aludido anteriormente.
Las asociaciones fundamentalistas de nuevo cuño quedan por tanto sometidas al orden constitucional del resto de las asociaciones.
Es claro cómo Alemania ha sabido adaptar su legislación a cada momento de su historia, no permitiendo en lo posible que ocurra nada de lo que haya que lamentarse.

En paralelo, esta arraigada costumbre de los inmigrantes musulmanes en Alemania de reunirse bajo una asociación, ha llevado a los políticos a promocionar las llamadas “auto-organizaciones de los inmigrantes” cuyo fin es el de reforzar la integración de los nuevos ciudadanos en una denominada sociedad intercultural, donde los diferentes colectivos se toleren, interactúen y se enriquezcan conviviendo en paz. Se ha sabido hacer de la necesidad, virtud.
Por Ana Ortiz
Gees